Con la reforma al código fiscal de la federación en relación a la contabilidad para efectos fiscales denominada electrónica los articulos 28 CFF, 33 del RCFF y sus reglas I.2.8.6 a I.2.8.9 de la RMF 2014, hemos encontrado en la practica que empiezan a cancelar cuentas por cobrar contra cuentas por pagar que se tiene de la misma persona o inclusive pasivos con los socios a capitalizarse directamente sin tener cuidado en lo que nos marca la norma de información financiera B12, y que se debe tener mucho cuidado.
Primero para poder compensar un Activo Financiero y un Pasivo Financiero es importante tomar en cuenta lo siguiente:
Una entidad debe compensar un activo financiero y un pasivo financiero
reconocidos y debe presentar el monto compensado en el estado de situación
financiera sólo cuando la entidad cumpla las dos condiciones siguientes:
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a)
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tenga un derecho legalmente exigible y vigente
de compensar el activo financiero y el pasivo financiero en cualquier
circunstancia; y, a su vez
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b)
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tenga la intención de liquidar el activo
financiero y el pasivo financiero sobre una base compensada o de realizar el
activo financiero y liquidar el pasivo financiero simultáneamente.
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La existencia de un derecho exigible para compensar un activo
financiero y un pasivo financiero afecta los derechos y obligaciones asociados
con ese activo financiero y ese pasivo financiero y puede afectar la exposición
de la entidad a riesgos de crédito y liquidez. Sin embargo, la existencia del
derecho no es por sí misma suficiente para efectuar la compensación, pues la
ausencia de una intención de hacerlo significa que los flujos de efectivo
futuros no se compensarán. Sólo cuando existe evidencia de que la entidad tiene
la intención de ejercer el derecho de compensación o de liquidar el activo
financiero y el pasivo financiero simultáneamente, la presentación de dicho
activo y pasivo sobre una base compensada refleja mejor los montos y ocurrencia
de los flujos de efectivo futuros, así como los riesgos a los que dichos flujos
de efectivo están expuestos
Por lo tanto es de capital importancia que en caso de hacer compensación de activos y pasivos financieros debemos tener el contrato donde nos da derecho de cobro de la deuda o en su defecto la obligación jurídica de pago.
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