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lunes, 26 de mayo de 2014

Si tienes trabajadores extranjeros debes actualizar anualmente el Expediente

Si tienes trabajadores extranjeros debes actualizar anualmente el Expediente.

Tanto las personas físicas como las morales que tengan contratados trabajadores extranjeros prestando servicios en México tienen la obligación de actualizar anualmente el Expediente Básico del Instituto Nacional de Migración.

Las personas morales deben hacerlo a más tardar el 30 de abril del año siguiente a aquél al que corresponda. Para el caso de las personas físicas, deben hacerlo a más tardar el 31 de mayo del año siguiente a aquél al que corresponda.
Para realizar el trámite es necesario ingresar a la página de Internet del Instituto Nacional de Migración, directamente en la siguiente dirección:

En esa página se indicará el trámite que se desea realizar, y el sistema proveerá instrucciones específicas.
Es importante cumplir adecuadamente con estas obligaciones y evitar así cualquier contingencia con las autoridades tanto para la empresa como para los empleados extranjeros.

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